Seguro de responsabilidad civil

Para la cumplimentación de lo exigido en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias y en la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás disposiciones nacionales y comunitarias aplicables, el Colegio de enfermería de La Rioja tiene suscrito el presente seguro de Responsabilidad civil, compatible con cualquier otro suscrito a título personal o por cualquier institución.

Este seguro, de carácter anual en vigor del 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021, está contratado con la compañía AMA AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA, y cubre todas las actividades profesionales de la enfermería ante las posibles negligencias profesionales, tanto en el ámbito civil como penal, y por un importe por siniestro/año y asegurado de 3.500.000 €.

Normas Relativas a la actuación del Colegiado

  1. El colegiado deberá comunicar inmediatamente a su Colegio provincial la reclamación de que haya sido objeto, bien judicial (demanda, querella o denuncia) o extrajudicial.
    La comunicación extemporánea de dicha reclamación por el colegiado podrá suponer la no cobertura del siniestro de la Póliza.
  2. El colegiado cumplimentará en su Colegio provincial Formulario de Comunicación de Siniestro de Responsabilidad Civil o  penal establecido al efecto, (del que se adjunta copia),para que éste sea remitido a la asesoría jurídica del Colegio.

Es necesario cumplimentar todos los datos solicitados. En cualquier caso son datos imprescindibles de cualquier colegiado afectado el nombre y los dos apellidos, la dirección y teléfono de contacto.

  1. Un letrado le informará seguidamente de la forma a actuar y cobertura del seguro.

    De no actuar de la forma indicada por el Colegio, éste no asumirá ninguna responsabilidad, y el perjudicado será sola y exclusivamente el colegiado.
  2. Independientemente de las actuaciones antes señaladas, el colegiado no deberá declarar nunca sin abogado, ni firmar ningún documento.
  3. De acuerdo con lo establecido en la póliza de responsabilidad civil, para la efectividad de la cobertura prevista será imprescindible acreditar que el profesional afectado se encuentra colegiado en su correspondiente Colegio profesional y al corriente de pago de sus cuotas.