¿Qué mejoras laborales para las EIR podría introducir el nuevo Decreto de la Formación Sanitaria Especializada?
- Este futuro Decreto es especialmente relevante para la profesión porque atañe directamente a las futuras especialistas en Enfermería y puede influir tanto en la atracción de talento hacia las especialidades enfermeras como en la calidad de su formación.
- En La Rioja se forman anualmente 4 Matronas, 1 especialista de Salud Mental, 2 de Familiar y Comunitaria y este año, por primera vez, 1 EIR de Pediatría.
- El Real Decreto, que estará en consulta pública hasta el 22 de julio, incorpora medidas específicas para cuidar la salud de los residentes, como evaluaciones periódicas de riesgos psicosociales y mayor vigilancia sobre la sobrecarga laboral y el agotamiento
Un nuevo Real Decreto regulará la relación laboral especial de residencia del personal de Formación Sanitaria Especializada (FSE). Las medidas atañen a todo el personal residente en Formación Sanitaria Especializada (FSE), por lo que sus medidas se aplican por igual a las enfermeras internas residentes, médicos, farmacéuticos, psicólogos, biólogos, químicos y radiofísicos residentes. En La Rioja se forman anualmente 4 Matronas, 1 especialista de Salud Mental, 3 de Familiar y Comunitaria y este año, por primera vez, 1 EIR de Pediatría.
Este futuro Decreto es especialmente relevante porque afecta directamente a las futuras especialistas en Enfermería y puede influir tanto en la atracción de talento hacia las especialidades enfermeras como en la calidad de su formación. Además, es una buena oportunidad para reivindicar que las mejoras laborales vayan acompañadas de una adecuada planificación de las unidades docentes y de recursos suficientes para mantener la excelencia formativa.
El Ministerio de Sanidad acaba de el trámite de audiencia pública para que comunidades autónomas, organizaciones profesionales, sindicatos, sociedades científicas, colegios profesionales y cualquier ciudadano puedan presentar alegaciones al texto del nuevo proyecto.
Hay que aclarar que ninguna de estas medidas es todavía aplicable hasta que el texto sea aprobado por el consejo de Ministros. Lo que sí está claro es que el proyecto anticipa cambios importantes si se aprueba en los términos actuales.
Los cambios más importantes que se han planteado en el nuevo decreto serán los siguientes:
Jornada previsible y límite de 35 horas semanales: El proyecto reconoce el derecho de las personas residentes a conocer la distribución de su jornada con al menos dos meses de antelación. Además, la jornada ordinaria, que no podrá superar las 35 horas semanales de promedio anual, se fijará por convenio colectivo o, en su defecto, será la prevista para el personal estatutario del servicio de salud correspondiente. La reforma también refuerza los descansos mínimos: entre jornadas deberá haber al menos 12 horas de descanso continuo y, cada semana, 24 horas ininterrumpidas adicionales. Si este descanso semanal no pudiera disfrutarse, deberá compensarse en un plazo máximo de 14 días.
Guardias limitadas y mejor reguladas: Las guardias tendrán una duración máxima de 17 horas. Es una de las reivindicaciones históricas de los residentes, ya que reduce el cansancio extremo y mejora la seguridad tanto del profesional como del paciente. El proyecto refuerza el carácter formativo de las guardias, que deberán estar vinculadas a la adquisición de competencias previstas en el programa de cada especialidad y se realizarán como jornada adicional a la ordinaria. Cuando la jornada ordinaria y la guardia sean consecutivas, la suma de ambas tampoco podrá exceder de 17 horas. Además, tras una guardia, no podrá exigirse a la persona residente que realice la jornada ordinaria prevista a continuación, ni que recupere posteriormente esas horas.
Máximo de 45 horas semanales de promedio: La suma de la jornada ordinaria y las guardias no podrá superar las 45 horas semanales de promedio. Este cómputo será trimestral, salvo que se acuerde otro sistema por pacto, acuerdo o convenio colectivo. Cualquier ampliación excepcional del límite mensual de guardias deberá respetar la jornada máxima, garantizar los descansos mínimos y contar con el consentimiento libre y expreso de la persona residente. Ese consentimiento podrá retirarse en cualquier momento, sin consecuencias para su evaluación, progresión formativa o relación laboral.
Registro horario y control efectivo de la jornada: Para garantizar el cumplimiento de los límites de jornada y descanso, los centros sanitarios deberán contar con sistemas de control horario efectivo, a los que tendrá acceso el personal residente. Si se detectan incumplimientos reiterados, podrán adoptarse medidas de revisión y mejora en la unidad docente correspondiente.
La formación en el centro de la actividad asistencial: El proyecto establece que la actividad asistencial de las personas residentes deberá organizarse siempre teniendo en cuenta los objetivos de su programa formativo y las competencias que deben adquirir en cada especialidad. La jornada deberá permitir el cumplimiento completo de estos programas y, dentro de las posibilidades de cada centro, la organización del tiempo de trabajo no podrá perjudicar la formación. En los casos de reducción de jornada por conciliación, cuidados u otras causas previstas legalmente, los centros deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar que la persona residente pueda completar todas las competencias previstas en su programa.
Actualización del régimen retributivo. El proyecto contempla un incremento del complemento de grado de formación, que comenzaría a percibirse desde el primer año de residencia y aumentaría progresivamente durante la formación. Para las EIR supone una mejora retributiva respecto al sistema actual. Se mejora el complemento de grado de formación desde el primer curso, vinculado a los conocimientos, competencias, autonomía y responsabilidades que se adquieren progresivamente durante la residencia. Sus porcentajes mínimos serán del 10% en primer año, 20% en segundo, 30% en tercero, 40% en cuarto y 50% en quinto, sin perjuicio de que los servicios de salud puedan acordar cuantías superiores.
Más protección frente a riesgos psicosociales. El texto incorpora medidas específicas para cuidar la salud de los residentes, como evaluaciones periódicas de riesgos psicosociales y mayor vigilancia sobre la sobrecarga laboral y el agotamiento. Concretamente las entidades titulares de las unidades docentes acreditadas deberán realizar cada dos años una evaluación específica, adoptar las medidas preventivas y correctoras necesarias y garantizar su seguimiento y revisión periódica.
Protección de la formación. Quizá este sea uno de los aspectos más importantes para las EIR. El Ministerio reconoce que, al reducir las horas de trabajo, los programas formativos deberán adaptarse para garantizar que los residentes adquieran todas las competencias necesarias sin aumentar la presión asistencial. Es decir, el objetivo es que la reducción de jornada no implique una pérdida de calidad formativa.
Aplicación progresiva: El texto prevé la entrada en vigor del real decreto al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. No obstante, la modificación relativa a jornada laboral y descansos será aplicable a partir del 1 de septiembre de 2027. La actualización del régimen retributivo será aplicable a partir del 1 de enero de 2027.
¿En qué fase está el documento en estos momentos?
A día de hoy el documento todavía no está aprobado. Se encuentra en la fase consulta pública. El Ministerio acaba de abrir este trámite para que comunidades autónomas, organizaciones profesionales, sindicatos, sociedades científicas, colegios profesionales y cualquier ciudadano puedan presentar alegaciones al texto hasta el 22 de julio.
¿La fase de alegaciones podría cambiar el contenido del borrador antes de que lo apruebe el Consejo de ministros?
Sí. Puede ocurrir que el proyecto de Real Decreto experimente modificaciones durante la fase de audiencia pública. Las alegaciones de las comunidades autónomas, los sindicatos, los colegios profesionales y las organizaciones científicas pueden dar lugar a cambios antes de la aprobación definitiva.










